El Proyecto Ambiente Libre de Humo de Tabaco es uno de los programas estratégicos más relevantes para el Plan Nacional de Prevención y Control del Tabaquismo del Ministerio del Poder Popular para la Salud de Venezuela.
El consumo de productos derivados del tabaco es, sin duda, un problema de magnitudes epidémicas a nivel mundial, constituyéndose según la Organización Mundial de la Salud en la primera causa de muerte prevenible en todo el planeta. El humo del tabaco, como es bien sabido, causa graves consecuencias para la salud del fumador; sin embargo muchos ignoran que el humo exhalado por éste y aquel que semana directamente del cigarrillo tienen consecuencias igualmente graves para aquellos que comparten el aire contaminado. La exposición pasiva e involuntaria de las personas al humo del tabaco en los diversos espacios públicos constituye una violación del derecho a la salud, pues el no-fumador inhala las mismas partículas cancerígenas que los fumadores activos.
La Organización Mundial de la Salud declaró el año 2007 como dedicado a promover los Ambientes Libres de Humos de Tabaco en todos los espacios de uso público, habida cuenta del daño que causa a la salud la exposición pasiva de las personas al humo ambiental y el costo social que ello representa. Sólo en Venezuela mueren anualmente alrededor de 16.000 personas por enfermedades relacionadas con el consumo de cigarrillos, tales como cáncer, enfermedades cardiovasculares y respiratorias, siendo las dos primeras las principales causas de mortalidad en los adultos; varias de estas personas jamás fueron fumadores activos.
El 14 de mayo del presente año el Ministerio del Poder Popular para la Salud declaró como Ambiente Libre de Humo de Tabaco al Instituto Nacional de Higiene “Rafael Rangel” (INH “RR”), con el fin de garantizar el Derecho a la Salud de las y los funcionarios, usuarios y visitantes de nuestro Instituto, derecho consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Esta declaratoria vino a reforzar la prohibición de fumar en todos los servicios de salud, tanto públicos como privados, la cual había sido adoptada y respetada por el INH ”RR” desde su publicación en
Gaceta Oficial No 36.976 de fecha 20 de junio de 2000. Esta resolución sentencia en su primer artículo que “Se prohíbe fumar dentro de las instalaciones administrativas y asistenciales, hospitales, ambulatorios, y cualesquiera otros establecimientos o servicios de salud, tanto del sector público como privado”.
Es importante mencionar que esta declaratoria ha sido acompañada por la apertura de una consulta médica para la cesación del hábito tabáquico por parte de la Unidad de Atención Médica de la Gerencia de Recursos Humanos del Instituto.
La trayectoria del Instituto en la prohibición de fumar en sus espacios e instalaciones lo ha hecho merecedor de un reconocimiento por parte del Ministerio del Poder Popular para la Salud el día 31 de mayo de 2007, en el marco de la celebración del Día Internacional de No Fumar de la OMS.
Editorial de la Revista del Instituto Nacional de Higiene “Rafael Rangel". Caracas, Junio 2007
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